ja_mageia

banner
Inicio > Productos para particulares > Embarcaciones de Recreo
Seguro de Embarcaciones
SEGURO DE EMBARCACIONES

barcoSegún lo establecido en el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, se da la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para todo aquel que tenga una embarcación de recreo (registradas dentro de las listas 6ª y 7ª del Registro Nacional de Buques y que son todas aquellas naves propulsadas a motor, incluyendo motos acuáticas, así como del resto sólo las que tengan más de 6 metros de eslora. También deberán suscribir dicho seguro las embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas).

Este seguro obligatorio debe ofrecer cobertura por las indemnizaciones a las que haya que hacer frente por los daños que la embarcación pueda causar a terceras personas, no obstante como complemento puede ofrecerse cobertura de daños producidos a la propia embarcación, accidentes a ocupantes, asistencia/remolque, robo, etc.