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PRODUCTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN
Entre las actividades que entrañan riesgo, sin duda la construcción ocupa un lugar destacado dado que el proceso constructivo es una operación compleja desde el punto de vista técnico y jurídico.
Cicor está especializada en el asesoramiento y gestión de este tipo de riesgos para empresas, Gremios y Asociaciones, poniendo a disposición de nuestros cliente soluciones aseguradoras a través de Compañías de reconocido prestigio, con las mejores coberturas y condiciones adaptadas a su perfil de riesgo evitando lagunas en las coberturas. La empresa precisa de estos seguros como instrumento eficaz para la protección de su patrimonio.
RESPONSABILIDAD CIVIL
Este seguro cubrirá la responsabilidad extracontractual en que pueda incurrir el asegurado por daños a terceros en el proceso constructivo. En el sistema legal español, la norma fundamental sobre la Responsabilidad Civil extracontractual queda reflejada en el artículo 1902 del Código civil que dice: "El que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado".
- RC Explotación
- RC Patronal
- RC Cruzada
- RC Post-trabajos
- RC Subsidiaria de subcontratistas
- RC Locativa
- RC Contaminación Accidental
- RC Canalizaciones
- RC de Derribos
- Defensa y Fianzas

TODO RIESGO CONSTRUCCIÓN
Este seguro garantiza las pérdidas y daños materiales que puedan sufrir las obras civiles o de edificación durante el desarrollo de los trabajos de ejecución.
- Incendio, explosión, caída de rayo.
- Robo y Expoliación.
- Impactos, choques de vehículos, caída de aeronaves, caída de grúas.
- Riesgos propios e inherentes a la ejecución de la obra (peligros técnicos, fallos humanos, defectos en los materiales, errores de diseño).
- Gastos adicionales a consecuencia de un siniestro (demolición, desescombro, medidas adoptadas para cortar o extinguir un incendio o impedir su propagación).
- Riesgos de fuerza mayor o de la naturaleza (incluido el hundimiento y corrimiento de tierras o el desprendimiento de rocas y aludes).
- Seguro de mantenimiento o conservación.
- Huelga, motín, conmoción civil.
- Bienes preexistentes.
- Maquinaria de obra, equipos de construcción.
SEGURO DECENAL DE DAÑOS
La ley 38/99 de 5 de noviembre de ordenación de la edificación exige la suscripción de este seguro para edificios cuyo destino principal sea el de vivienda. El Tomador de esta póliza será el Promotor y el Asegurado será el titular del interés objeto del seguro, a quien corresponden los derechos derivados del contrato, en este caso, el Promotor y propietarios sucesivos durante la duración del Seguro. En Cicor contamos con una plataforma de gestión informática de los informes de las OCT, reservas, pólizas provisionales y suplementos de entrada en cobertura que nos permite disponer de la entrada en cobertura en 3 días.
- Daños estructurales: La principal garantía de este seguro es la cobertura durante diez años de la indemnización o reparación de los daños materiales causados en el edificio asegurado por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la obra fundamental y comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del mismo.
- Estanqueidad de cubiertas, fachadas y sótanos.
- Renuncia a recurso
- Revalorización automática de la suma asegurada.
- Daños a los bienes preexistentes.
ACCIDENTES CONVENIO COLECTIVO
Con este seguro se da cobertura a las indemnizaciones al trabajador estipuladas en el Convenio de la Construcción en caso de tener trabajadores en nómina. Los capitales cubiertos por la póliza se actualizan anualmente en base a las condiciones de renovación de convenio pactadas para el Sector.
AFIANZAMIENTO DE CANTIDADES ANTICIPADAS
Su regulación queda establecida en la Disposición Adicional Primera de la LOE, que en su primer párrafo determina que "la percepción de cantidades anticipadas en la edificación por los promotores o gestores se cubrirá mediante un seguro que indemnice el incumplimiento del contrato en forma análoga a lo dispuesto en la Ley 57/68 de 27 de Julio, sobre percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas".
El incumplimiento de esta Ley puede repercutir en multas de hasta 15.000 €.
Este producto es un seguro obligatorio y la indemnización al asegurado tendrá lugar cuando los compradores de viviendas exijan al promotor la devolución de las cantidades abonadas por incumplimiento de sus obligaciones contractuales en lo que se refiere a iniciación en la construcción de la vivienda, buen fin de la misma, entrega de la vivienda en los plazos convenidos en los contratos y la obtención de la Cédula de Habitabilidad para viviendas de renta libre y la Calificación Definitiva para viviendas de Protección Oficial.
CAUCIÓN
Mediante este seguro el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Las empresas constructoras que trabajan para la Administración Pública tienen obligación de presentar un seguro de caución o aval bancario para presentarse a concursos y para su ejecución en caso de ser los adjudicatarios.
Las principales ventajas del seguro de Caución sobre el aval bancario son la no inmovilización de recursos financieros de la empresa, no ocupan riesgo bancario y el coste suele ser menor al no existir comisiones de apertura, ni de mantenimiento de línea, ni gastos de estudio.
- Garantía de Licitación, que garantiza el mantenimiento de la oferta y su sustitución por la garantía de cumplimiento en caso de adjudicación de la obra, suministro o servicio.
- Garantía de Ejecución y complementarias, que garantiza la ejecución de la obra, suministro o servicio adjudicado.
- Garantía de Anticipos y acopios, que garantiza la aplicación del anticipo recibido en la obra adjudicada.
- Garantía de Permuta, que garantiza el cumplimiento de este tipo de contratos.
OTROS PRODUCTOS
En Cicor Internacional, disponemos asimismo de otros productos que complementan y amplian los servicios especificos para la construcción aqui mencionados:
- RC Administradores
- Avería de Maquinaria
- Flotas de Vehículos
- Cobertura para las herramientas en vehículos
- Cobertura del stock de viviendas no vendidas del promotor
- Accidentes para Directivos
- Colectivo de Salud
- Incapacidad Laboral Transitoria
- Colectivo de Vida

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